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El Albacete Balompié realizará una nueva ampliación de capital que será aprobada en una Junta Extraordinaria en octubre

Se hace pública la convocatoria que realiza el Consejo de Administración de la compañía a sus accionistas para la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en el domicilio social de la entidad, sito en Albacete, Prolongación de la Avenida de España s/n, Ciudad Deportiva Andrés Iniesta, el día 1 de octubre de 2024, a sus 19:00 horas, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria en el mismo lugar el día 2 de octubre de 2024 a las 19:30 horas, con el siguiente

ORDEN DEL DÍA

 1.        Ratificación de la novación de fecha 14 de julio de 2024 del contrato de préstamo de fecha 14 de julio de 2017.

 2.       Ampliación del capital social en 703.872 euros mediante la emisión de un total de hasta 234.624 nuevas acciones de un valor nominal de 3,00 euros cada una de ellas, sin prima de emisión, en contraprestación de aportaciones dinerarias por importe de hasta 703.872 euros, autorizándose la suscripción parcial o incompleta (para cuyo caso se preverá la posibilidad de suscripción por otros socios), y con respeto al derecho de suscripción preferente de los socios de la sociedad, que deberá ejercerse en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, que indicará el modo de hacer efectiva la suscripción y desembolso de los títulos.

 3.       Ampliación del capital social en 700.002 euros mediante la capitalización del préstamo del socio-acreedor SKYLINE SPAIN 2016, S.L, con CIF B87629168 que figura en el pasivo del Balance y que reúne los requisitos exigidos del artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital, mediante la emisión de 233.334 acciones de un valor nominal de 3,00 euros cada una de ellas, sin prima de emisión ni derecho de suscripción preferente.

Como consecuencia de las anteriores operaciones, el capital social quedará aumentado en la cuantía efectivamente suscrita, integrada por las aportaciones dinerarias efectivamente realizadas y la capitalización del préstamo del socio Skyline Spain 2016, S.L, ascendiendo en virtud de ello, en caso de suscripción completa del aumento, a 1.403.874 euros el aumento de capital y a 15.138.612 euros el nuevo capital social.

4.       La aprobación del aumento de capital anterior implicará la correspondiente modificación de los artículos 5º y 6º de los Estatutos sociales.

5.       Delegación de facultades para la ejecución y elevación a público de los acuerdos precedentes.

6.       Lectura y aprobación del acta de la junta.

Se hace constar el derecho que asiste a los señores accionistas a solicitar y obtener los informes y aclaraciones que estimen precisos sobre los asuntos comprendidos en el Orden del Día, así como a examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones propuestas, y a solicitar su entrega o envío gratuito, en los términos previstos en el artículo 287 LSC.

En particular, se hace constar el derecho de los señores accionistas a examinar en el domicilio social (así como pedir su entrega o envío gratuito) del informe del consejo de administración y la certificación emitida por el señor auditor de cuentas en relación con la ampliación de capital mediante compensación de crédito.

Conforme prevé el artículo 16 de los estatutos sociales, será necesario que aquellos accionistas que deseen asistir a la Junta General comuniquen tal voluntad con una antelación mínima de 5 días. Para ello, deberán dirigir la comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: legal@albacetebalompie.com. En caso de no realizarse dicha comunicación previa, la mesa de la Junta General estará facultada a no autorizar el acceso del accionista correspondiente o de su representante.

Por último, se recuerda a los Sres. accionistas que, además de la comunicación previa, conforme al citado artículo 16 de los Estatutos de la sociedad, únicamente podrán asistir a las Juntas Generales, por sí o representados, los titulares de al menos cien acciones inscritas a su nombre en el Registro de Acciones nominativas de la Sociedad. Los titulares de acciones en número inferior podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.

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