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El Ayuntamiento concederá subvenciones por valor de 60.000 durante el curso académico 2024/2025 para promover la igualdad y prevenir la violencia de género

La concejala de Igualdad, Gala de la Calzada, señala que podrán concurrir entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de manera individual o en colaboración con otras entidades

La concejala de Igualdad, Gala de la Calzada, ha informado de la aprobación, en la Junta de Gobierno Local celebrada esta mañana, de la convocatoria para la concesión de subvenciones por valor total de 60.000 euros para el desarrollo de proyectos y actividades de igualdad de género durante el curso académico 2024/2025.

Gala de la Calzada ha explicado que el objetivo que se persigue con esta convocatoria no es otro que “promover la igualdad y la prevención de la violencia de género en el municipio de Albacete, así como impulsar la cooperación entre la iniciativa social y la administración local para optimizar los recursos existentes, coordinar y complementar las actuaciones municipales que se desarrollen desde la Sección Técnica de Igualdad y Genero del Ayuntamiento”.

La concejala ha explicado que podrán concurrir entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar proyectos dirigidos a promover la igualdad y prevención de la violencia de género en el municipio de Albacete, tanto de manera individual como en colaboración con otras entidades.

Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán estar inscritas en el Registro municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albacete en la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes; no perseguir fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades con ánimo de lucro; disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio, dotada de personal permanente, ya sea contratado o voluntario en la que desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos; debiendo acreditar ambos extremos documentalmente, sin que la simple aparición en artículos o entrevistas en medios de comunicación se considere como acreditación.

Además, deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones sobre “requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora”, como hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatales y Gestalba) o frente a la Seguridad Social según la legislación vigente, y al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Gala de la Calzada ha señalado que la cuantía total destinada a estas subvenciones, la cual asciende a 60.000 euros, se repartirá en tres modalidades de proyectos diferentes, asignando a cada una de ellas un máximo de 20.000 euros, pudiéndose aprobar en cada modalidad uno o varios proyectos siempre que la suma del coste de los mismos no supere la cantidad asignada.

Podrán ser objeto de subvención los proyectos cuyos contenidos desarrollen las siguientes acciones y/o actividades:

Modalidad A: Proyectos relacionados con población LGTBIQ+:

– Acciones de sensibilización y visibilidad de la diversidad sexual y de género y prevención de la LGTBIfobia.

– Elaboración de materiales didácticos o para la sensibilización, relacionados con la diversidad sexual o de género.

– Proyectos que fomenten la generación de espacios seguros para las personas LGTBIQ+ y/o generen la articulación del tejido asociativo especifico.

Modalidad B: Proyectos a desarrollar con centros educativos:

– Acciones de sensibilización y/o formación del alumnado en materia de educación para la igualdad y diversidad sexual y de género o de detección y prevención de violencias machistas.

Modalidad C: Proyectos relacionados con la igualdad de género:

– Elaboración de materiales didácticos o para la sensibilización, relacionados con la igualdad de género.

– Actividades culturales de promoción de la igualdad y prevención de las violencias machistas y/o que supongan una medida de acción positiva en relación con la presencia de las mujeres en al ámbito público.

Sólo se presentará un proyecto por entidad, independientemente de la modalidad por la que opte. En caso de presentar más de un proyecto, solo se valorará el último de los proyectos presentados. El periodo de desarrollo y ejecución será del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025.

El plazo de presentación será de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Esta subvención podrá ser compatible con otras provenientes de otras instituciones siempre que se especifique la Administración pública local, autonómica, nacional o internacional o privada a la cual se ha solicitado, que cubran gastos distintos y que en ningún caso exceda del 100 por cien del coste total del proyecto.

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